Varias personas esperan en el exterior del Tribunal Supremo en Washington D.C. EFE/ Jim Lo Scalzo/Archivo

Tribunal Supremo de Justicia decidio hacer reconsideraciones.

Washington (EFE).- La maxima autoridad en materia de justicia considerará si una orden de deportación en la cual falta información puede ser corregida con una notificación posterior, para dictaminar sobre una disputa en la cual los tribunales federales han dado fallos contradictorios.

El tribunal deberá decidir si las notificaciones enviadas por los tribunales de inmigración y conocidas como «aviso para comparecer» pueden consistir de documentos múltiples, o si han de contener toda la información requerida legalmente en un sólo documento para activar la llamada «regla de tiempo de parada» (stop-time rule).

Esa regla marca una fecha a partir de la cual se cuenta el tiempo que un inmigrante ha pasado en estados Unidos antes de recibir el aviso de comparecencia, lo cual puede determinar si el inmigrante califica para ciertas medidas que evitan o postergan la deportación.

Los inmigrantes que ya tienen orden de deportación y han acumulado 10 años de presencia física continuada en Estados Unidos pueden ser elegibles para que se cancele la deportación bajo esa regla de «tiempo de parada». Es período de presencia continuada, sin embargo, se considera terminado cuando el individuo ha recibido un aviso para comparecer.

La ley estipula que los avisos deben especificar la hora y el lugar de la audiencia.

En años recientes el Departamento de Seguridad Nacional ha entregado a los inmigrantes avisos que no especificaban la fecha, hora y lugar de la audiencia para el inicio de sus trámites de deportación.

La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, en inglés) sostiene que tales notificaciones ya marcan el «tiempo de parada» y el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito aceptó la interpretación de BIA.

El 21 de junio de 2018, el Tribunal Supremo de Justicia dictaminó que una notificación de comparecencia que no contiene la hora y lugar específicos de la audiencia de deportación no es una notificación válida y no marca el «tiempo de parada».

Pero en esa instancia, los jueces no consideraron si un aviso de comparecencia remitido posteriormente con la información de fecha, lugar y hora de la audiencia, sirve como «tiempo de parada».

En los meses siguientes a esa decisión, algunos jueces de inmigración aplicaron el fallo determinando que las notificaciones incompletas no sólo no marcan el «tiempo de parada» sino que tampoco dan al tribunal de inmigración jurisdicción sobre los casos.

En agosto de 2018, sin embargo, BIA emitió una decisión sosteniendo que un aviso de comparecencia que no especifica la hora y lugar de la audiencia inicial de deportación puede cumplir los requisitos si está combinada con una nota posterior que da esa información.

Según la Asociación Estadounidense de Abogados de Inmigración (AILA), el Departamento de Seguridad Nacional ha emitido avisos de comparecencia con horas y fechas falsas «en un intento por cumplir con la regla».

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí